junio 08, 2015
IRPF - IASS AÑO FISCAL 2014
Comienza el calendario de presentaciones de declaraciones juradas para estos impuestos personales.
El Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto que grava las rentas obtenidas por las personas físicas (individuos) residentes en el territorio nacional. Para la determinación del IRPF, las rentas se clasifican en dos Categorías: Categoría I (Rentas de Capital) y Categoría II (Rentas de Trabajo).
El Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) es un impuesto que grava los ingresos correspondientes a jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad similares, servidos por instituciones públicas y privadas, residentes en la República.
Vencimientos para Declaraciones:
RUC, C.I. o N.I.E. Días de 2015
Según corresponda
0 8 al 12 de junio
1 15 al 22 de junio
2 23 al 29 de junio
3 30 de junio al 6 de julio
4 7 al 14 de julio
5 15 al 22 de julio
6 23 al 30 de julio
7 31 de julio al 7 de agosto
8 10 al 17 de agosto
9 18 al 26 de agosto
Atrasados 27 de agosto
Quienes elijan contar con la ayuda de personal de DGI (todos los contribuyentes de IRPF/IASS excepto trabajadores independientes) deberán hacerlo exclusivamente en los plazos establecidos en el cuadro de vencimientos, de acuerdo al último digito después del guión de su Nº de Cédula de Identidad (o N.I.E. para extranjeros). Ejemplo: 2.396.586-4 deberá presentar su declaración en entre el 7 y el 14 de julio.
Aquellos contribuyentes que hayan optado por liquidar como Núcleo Familiar, deberán hacerlo de acuerdo a la primera de las fechas de vencimiento de los integrantes del Núcleo Familiar individualmente considerados. Ejemplo: Integrante A: 3.096.379-8, Integrante B: 1.236.789-2, deberán presentar la declaración jurada entre el 23 y el 29 de junio.
Los contribuyentes del IRPF que deban confeccionar su declaración (trabajadores independientes) y demás contribuyentes del IRPF y del IASS que no elijan contar con ayuda de personal de DGI, podrán presentar el formulario en los plazos establecidos o en forma anticipada.
Vencimientos para Pagos:
Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2014 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:
1era. cuota
28 de agosto de 2015
2da. cuota
25 de setiembre de 2015
3era. cuota
27 de octubre de 2015
4ta. cuota
25 de noviembre de 2015
5ta. cuota
23 de diciembre de 2015
Lugares de pago:
- Redes de cobranza habilitadas (Abitab y Redpagos)
- A través de Internet (ver Bancos habilitados)
- En oficinas de DGI, si el pago se realiza con Certificados de Crédito no electrónicos.
Comienza el calendario de presentaciones de declaraciones juradas para estos impuestos personales.
El Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto que grava las rentas obtenidas por las personas físicas (individuos) residentes en el territorio nacional. Para la determinación del IRPF, las rentas se clasifican en dos Categorías: Categoría I (Rentas de Capital) y Categoría II (Rentas de Trabajo).
El Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) es un impuesto que grava los ingresos correspondientes a jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad similares, servidos por instituciones públicas y privadas, residentes en la República.
Vencimientos para Declaraciones:
RUC, C.I. o N.I.E. Días de 2015
Según corresponda
0 8 al 12 de junio
1 15 al 22 de junio
2 23 al 29 de junio
3 30 de junio al 6 de julio
5 15 al 22 de julio
6 23 al 30 de julio
7 31 de julio al 7 de agosto
8 10 al 17 de agosto
9 18 al 26 de agosto
Atrasados 27 de agosto
Quienes elijan contar con la ayuda de personal de DGI (todos los contribuyentes de IRPF/IASS excepto trabajadores independientes) deberán hacerlo exclusivamente en los plazos establecidos en el cuadro de vencimientos, de acuerdo al último digito después del guión de su Nº de Cédula de Identidad (o N.I.E. para extranjeros). Ejemplo: 2.396.586-4 deberá presentar su declaración en entre el 7 y el 14 de julio.
Aquellos contribuyentes que hayan optado por liquidar como Núcleo Familiar, deberán hacerlo de acuerdo a la primera de las fechas de vencimiento de los integrantes del Núcleo Familiar individualmente considerados. Ejemplo: Integrante A: 3.096.379-8, Integrante B: 1.236.789-2, deberán presentar la declaración jurada entre el 23 y el 29 de junio.
Los contribuyentes del IRPF que deban confeccionar su declaración (trabajadores independientes) y demás contribuyentes del IRPF y del IASS que no elijan contar con ayuda de personal de DGI, podrán presentar el formulario en los plazos establecidos o en forma anticipada.
Vencimientos para Pagos:
Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2014 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:
1era. cuota
28 de agosto de 2015
2da. cuota
25 de setiembre de 2015
3era. cuota
27 de octubre de 2015
4ta. cuota
25 de noviembre de 2015
5ta. cuota
23 de diciembre de 2015
Lugares de pago:
- Redes de cobranza habilitadas (Abitab y Redpagos)
- A través de Internet (ver Bancos habilitados)
- En oficinas de DGI, si el pago se realiza con Certificados de Crédito no electrónicos.
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